- Fiscal
- junio 09, 2015
Para surtir efectos en materia fiscal
El contrato de comisión mercantil NO requiere estar fedatado ni registrado.
La distinción jurídica permite estatuir que el comisionista con representación no contrae obligación frente a los terceros; mientras que en la comisión sin representación sí tiene obligación y acción directamente con los terceros con quienes contrate.