- Fiscal
- junio 15, 2015
IVA pagado por el comisionista por compras por cuenta del comitente
No es acreditable.
Para que sea acreditable el IVA debe corresponder a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes estrictamente indispensables para la realización de actividades distintas de la importación, por las que se deba pagar tal impuesto y que además correspondan a los fines de la actividad del contribuyente, requisitos que no se cumplen.