- Fiscal
- julio 10, 2015
Devolución de contribuciones
Las facultades de comprobación, para su validez, deben sustentarse en lo que se indica.
Conforme al artículo 22 del CFF la autoridad fiscal, a efecto de verificar la procedencia de una solicitud de devolución presentada por un contribuyente, se encuentra en posibilidad de ejercer sus facultades de comprobación.