- Fiscal
- julio 28, 2015
Aviso para donatarias relativo a obligaciones anti-lavado
Comunicado a través del Portal de Prevención de Lavado de Dinero.
El Artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFIPORPI), en su fracción XIII, establece que se consideran actividades vulnerables y, por tanto, objeto de identificación: