- Fiscal
- agosto 19, 2015
Acredita la residencia fiscal para efectos de tratados internacionales
Precisión de la autoridad en relación con el texto del Reglamento de la Ley del ISR.
Los beneficios de los tratados para evitar la doble tributación sólo serán aplicables a los contribuyentes que acrediten ser residentes en el país de que se trate y cumplan con las disposiciones del propio tratado y de las demás disposiciones de procedimiento contenidas en esta Ley.