- Fiscal
- agosto 06, 2015
IVA a la importación de bienes tangibles
El valor debe considerar cuotas compensatorias y demás gravámenes causados.
Conforme a lo dispuesto en la Ley IVA, para calcular el impuesto tratándose de importación de bienes tangibles se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación.