Hay violación sustancial del procedimiento

Cuando no se provee respecto de la admisión de las resoluciones impugnadas.

Si al examinarse un asunto se advierte que el Magistrado Instructor fue omiso en pronunciarse respecto de la admisión o desechamiento de todas las resoluciones señaladas como impugnadas, es evidente que se incurrió en una violación de procedimiento.

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