- Fiscal
- enero 19, 2016
No basta pagar tu tenencia y predial para que sean deducibles
Si pagas predial y tenencia asegúrate de obtener tu CFDI.
Entre los meses de enero y marzo se tiene la obligación de realizar los pagos de dos impuestos locales: El Impuesto Predial (municipal) y el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (estatal). Aunque estos impuestos se calculan de diferente manera en cada entidad o municipalidad, comparten la característica de que para deducirlos, se debe obtener el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).