- Fiscal
- febrero 21, 2005
Leyenda en Constancia de Sueldos y Salarios (Formato 37)
Obligación a cumplir una vez presentadas las declaraciones informativas de sueldos y salarios.
A través de la Regla Miscelánea 2004 3.13.5., vigente durante febrero de 2005, se establece la obligación para los patrones que expiden constancias de retenciones, de incluir una leyenda que hace alusión a la fecha y folio de presentación de la declaración informativa múltiple.
La regla establece que para los efectos de lo dispuesto en el artículo 118, fracciones III y V de la Ley del ISR, los retenedores que deban proporcionar constancias de remuneraciones a sus trabajadores, deberán asentar en el Formato 37, una leyenda en la que se señale la fecha en que se presentó la declaración informativa múltiple de sueldos y salarios, el número de folio o de operación asignado a dicha declaración y manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que le entrega la constancia.
Tratándose de contribuyentes que opten por utilizar en lugar del Formato 37, la impresión del Anexo 1 generado por el programa de la Declaración Informativa Múltiple (DIM) o el Anexo 1 de la forma oficial 30, deberán también incluir esa información.
Esta información se asentará en el anverso o reverso de la constancia mediante sello, impresión o a través de máquina de escribir.
La leyenda a incluir es la siguiente:
"Se declara, bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en la presente constancia, fueron manifestados en la respectiva declaración informativa (múltiple) del ejercicio, presentada ante el SAT con fecha ____________________ y a la que le correspondió el número de folio o de operación __________, así mismo, SI ( ) o NO ( ) se realizó el cálculo anual en los términos que establece la Ley del ISR."
Al final de la leyenda antes señalada, deberá nuevamente imprimirse sello y firma del empleador que expida la constancia.
Es conveniente observar lo dispuesto por dicha Regla a fin de que las personas físicas que obtengan saldos a favor en su declaración anual, realicen su trámite de devolución con la documentación completa y en los términos que señala la autoridad. De esta forma reducirán las posibilidades de que el trámite de devolución sea rechazado por la presentación de documentación incompleta.
En la sección “Descargas” de Fiscalia podrás encontrar herramientas computacionales para la captura e impresión de los datos de las constancias de retención. Estos archivos se localizan en la categoría “Herramientas Fiscales”.