La tasa del 0% contenida en la Ley del IVA

Es aplicable a la instalación y montaje de invernaderos hidropónicos.

La intención del legislador al gravar en el artículo 2o.-A, de la Ley del IVA, con la tasa del 0% la enajenación de invernaderos hidropónicos y la prestación de servicios independientes en éstos, respectivamente, fue incentivar la aplicación de esta técnica de cultivo en la producción de alimentos, así como otorgar seguridad jurídica a los contribuyentes, pues las autoridades administrativas daban ese tratamiento fiscal.

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