IVA en outsourcing: Dice el SAT que... ¡siempre sí!

La autoridad expresa un criterio, pero en sus revisiones aplica otro.

El 29 de abril de 2016 se publica en el Semanario Judicial de la Federación la tesis con el rubro “Valor agregado. La subcontratación laboral derivada de un contrato de prestación de servicios no está gravada por el impuesto relativo”, la cual indica que los servicios de outsourcing no son objeto del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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