Define Corte tratamiento de IVA en construcción de casa habitación

Servicio exento independientemente de que se enajene por otro.

En contradicción de tesis del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicada el 12 de agosto de 2016 en el Semanario Judicial de la Federación, la Corte define el tratamiento de los servicios de construcción de casa habitación para efectos de aplicar la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), prevista en los artículos 9 fracción II y 29 de su Reglamento.

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