Inconstitucional la limitante en acreditamiento de IEPS

Enajenación e importación de alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 Kcal / 100 g.

A través de un comunicado de prensa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informa sobre la resolución de dos amparos en favor de empresas que plantearon la inconstitucionalidad del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que grava la enajenación e importación de alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos.

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