- Fiscal
- diciembre 06, 2016
Comprobantes fiscales: La descripción del servicio prestado
No debe ser demasiado detallada. conforme a lo previsto por el CFF.
El CFF establece que el contribuyente que preste un servicio - como bien no tangible y, por tanto, no susceptible de medirse en cantidades, unidades de medida y clase -, debe describirlo en el comprobante fiscal que al efecto expida.