Los artículos 95 y 145 de la ley del ISR

No violan derechos a vida digna, seguridad social, mínimo vital y propiedad privada.

Los ingresos regulados como prestaciones de seguridad social en términos de la normativa aplicable pueden ser objeto del ISR, al no existir disposición constitucional que lo impida.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.