- Fiscal
- enero 06, 2017
Compraventa al menudeo o al mayoreo
Para diferenciar una de otra (interpretación del artículo 1043 del Código de Comercio).
Para determinar si el tipo de compraventa es al mayoreo o al menudeo, debe atenderse a la participación tanto del vendedor como del comprador en la mencionada operación, pues si quien compra provee a otro sujeto para que distribuya la mercancía a otros que a su vez pretenden comerciarla a una sola persona, se estará hablando de una compraventa al por mayor.