Acta de muestreo de mercancías de difícil identificación

Su contenido debe hacerse del conocimiento del importador.

En términos de la Ley Aduanera y su Reglamento, la autoridad respectiva puede tomar muestras de las mercancías de importación o exportación, ya sea en el primer o segundo reconocimiento, cuando sea de difícil identificación.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.