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Tópico: Implicaciones fiscales por compra de acciones a bajo precio
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 16, 2010 19:34:24 Asunto: Re: Implicaciones fiscales por compra de acciones a bajo precio
Revisa el 55 del CFF y los q le siguen (hasta donde aplique) y el 91 de Renta.
Tópico: P.A.M.A.
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Agosto 24, 2009 13:24:58 Asunto: Re: P.A.M.A.
El asunto es que desafortunadamente en las aduanas del pais es un mundo de corrupcion, y es aqui donde los empresarios se encuentran entre la disyuntiva de hacer lo correcto o hacer lo que menos les perjudique y bueno aun que no puedo aprobar la decision que en su momento se tomó, la entiendo de alguna manera. El personal de aduanas se sostuvo en cobrar el importe que en el topico mencione, sin embargo ellos hablaron con el personal de almacen (su concesionaria) para que se portara 'buena onda' y no nos cobrara tanto, y sí 'gracias a su apoyo' el monto se redujo a 89 mil pesos (TOTAL CORRUPCION)... El monto se pago, el sat no emitio documento alguno, solo el almacen iba a facturar, cosa que tampoco hizo argumentando que la factura se le habia extraviado y que no la podia cancelar por que no tenia la factura original, pero que tambien nos iba a hacer 'otro favor' y que le pediria a nuestro agente aduanal (Un agente que no es de nuestra confianza y que actuo en contra de los intereses de la empresa importadora) que nos facturara ese importe bajo el concepto 'gastos de almacenaje', y asi fue, el agente facturo el cargo que se le hizo a la empresa, el sat (aduanas) se´lavo las manos y al estar efectado el pago libero la mercancia. Mi opinion al respecto era la de interponer algun medio de defensa, se evaluo la posibilidad y se determino que no era la mas viable, pues el asunto se llevaria al rededor de 2 años en pleito, la venta de los equipos que se importaban estaba practicamente efectuada y si los equipos no llegaban, existia el riesgo de que las mencionadas ventas se cancelaran... Que hacer lo correcto o lo que menos te perjudique...?
Tópico: SALDO A FAVOR DE UN CLIENTE GRAVA IVA???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2009 17:46:33 Asunto: Re: SALDO A FAVOR DE UN CLIENTE GRAVA IVA???
El saldo que comentas causaria los siguientes gravamenes: ISR de confromidad con la frac IX del art 20 IVA no grava pues no es un acto o actividad gravada (enajenacion, prest. de serv o uso o goce); es verdad que tambien los anticipos estan gravados para efectos de este impuesto, siempre y cuando correspondan a un acto o actividad gravada (enajenacion, prest. de serv o uso o goce) y no es tu caso.
Tópico: ISR DIVIDENDO SUBSIDIO AL EMPLEO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2009 17:30:29 Asunto: Re: ISR DIVIDENDO SUBSIDIO AL EMPLEO
Definitivamente sí. Bajo los terminos del art octavo (subsidio para el empleo) claro.
Tópico: dictamen simplificado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2009 20:24:09 Asunto: Re: dictamen simplificado
No han publicado el parrafo en RMF donde hace referencia a la facilidad que mencionas, sin embargo aun no se publica la primera reforma a la RMF. Te sugiero no esperar la ampliacion del plazo, por que desde que se publico la RMF 2009 eliminaron el parrafo donde se daba mayor plazo al regimen simplificado, para efectos de presentacion del dictamen.
Tópico: credito incobrable al extranjero
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2009 20:09:50 Asunto: Re: credito incobrable al extranjero
Seria impotante conocer el regimen fiscal, pero para cualquier caso ya se debio haber acumulado ese ingreso aca en mexico (La deuda no cubierta) para efectos de ISR, pues ya esta prescrita.
Tópico: Empleados de gobierno ¿no retención de ISR?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2009 19:53:28 Asunto: Re: Empleados de gobierno ¿no retención de ISR?
En terminos generales les aplican las mismas reglas. solo que seguramente manejan un sueldo muy bajo y les genera un subsidio al empleo (Tal como lo plasmas) y el resto puuura prevision social. Los conceptos que mencionas estan dentro de lo 'NO RIDICULO' conozco un municipio que a sus empleados les da * Apoyo familiar * Buena Imagen y presentacion En su Plan de prevision social se estipula que este ultimo pago se proporciona con la finalidad de que el personal de presidencia tenga una buena imagen y presentacion ante el publico al cual sirve.
Tópico: Cuando una persona Moral debe retener el ISR a una persona fisica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2009 19:12:13 Asunto: Re: Cuando una persona Moral debe retener el ISR a una persona fisica?
MEXTAX Interpreta literalmente lo que te señala el articulo y si tienes tiempo efectua la consulta al SAT. .
Tópico: Cuando una persona Moral debe retener el ISR a una persona fisica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2009 19:05:51 Asunto: Re: Cuando una persona Moral debe retener el ISR a una persona fisica?
De igual manera respeto la opinion de la mayoria de los participantes y agradezco sus criticas constructivas. Lo UNICO, unico unico que pido es que me contesten lo siguiente: Cuales son las contribuciones que se deben pagar mediante retencion? el ISR retenido NO ES UNA CONTRIBUCION QUE SE PAGA MEDIANTE RETENCION. La ley indica cuales son las contribuciones que se deben pagar mediante retencion. ejemplo: En el titulo de residentes en el extranjero parte del impuesto que generan sus ingresos lo pagan mediante retencion. Art 179 5º pa [b]'Cuando en los términos de este Título esté previsto que [u]el impuesto se pague mediante retención,[/u] el retenedor estará obligado a enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido'[/b] OTRO EJEMPLO el 190 'Tratándose de ingresos por la enajenación de acciones que se realice a través de Bolsa Mexicana de Valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores, y siempre que dichos títulos sean de los que se coloquen entre el gran público inversionista conforme a dichas reglas generales, [u][b]el impuesto se pagará mediante retención[/b][/u] que efectuará el intermediario financiero, aplicando la tasa del 5% sobre el ingreso obtenido, sin deducción alguna'. Hay mil ejemplos lean el art 51, vean el ultimo parrafo del 111. Señores no sean asi le estan poniendo un buen baile a sus clientes. SALUDOS!
Tópico: Cuando una persona Moral debe retener el ISR a una persona fisica?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2009 13:53:45 Asunto: Re: Cuando una persona Moral debe retener el ISR a una persona fisica?
O SEA!!! COMO??? Estimados auditores, el articulo 127 señana LITERALMENTE y de manera IMPERATIVA la obligacion de las P.M. de retener [b]sobre el monto de los pagos que les efectúen[/b], si no hay pago no hay retencion, el mismo 127 menciona que esa retencion tiene el caracter de pago prov. de la P.F. mismas que realizan sus pagos en base a flujos. Tenemos un regla particular y no se da el supuesto que marca el codigo. El 5º pa menciona... 'En el caso de contribuciones que se deben pagar mediante retención...' Cuales son esas contribuciones??? contribuciones que se pagan con retencion??? Voy a tratar de entender lo que ustedes creo que entienden... 'En el caso de contribuciones que se deben pagar por retenciones efectuadas' (bajo este entendido)... NUNCA SE DA ESTE SUPUESTO por que NO TENGO UNA RETENCION POR PAGAR, PUESTO QUE NO HE EFECTUADO EL PAGO y mientras no realice este, no tengo la obligacion de retener tal como lo señala la interpretacion del 127. Espero no me repitan el mismo argumento, que el art 6 dice 'aún cuando quien deba efectuarla no retenga o no haga pago de la contraprestación', por que el 127 señala como condicionante para retener que exista PAGO, por lo tanto el fundamento del art 6 no lo podemos a plicar para contravenir a una norma particular de leyes de igual jerarquia. Saludos [i]Editado: Junio 20, 2009 14:00:43[/i]

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