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Tópico: Timbrado de estados de cuenta bancarios, ¿necesario para demostrar movimientos?
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2023 13:21:54 Asunto: Re: Timbrado de estados de cuenta bancarios, ¿necesario para demostrar movimientos?
Gracias por sus comentarios, entonces a seguir peleando para que lo resuelva el banco. Saludos
Tópico: Timbrado de estados de cuenta bancarios, ¿necesario para demostrar movimientos?
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2023 19:21:11 Asunto: Timbrado de estados de cuenta bancarios, ¿necesario para demostrar movimientos?
Buenas tardes, Como persona física, tengo un caso con una tarjeta de crédito de HSBC, en la cual realicé la actualización de datos fiscales. Aunque me confirmaron que los datos están correctos, no se reflejan correctamente en mi tarjeta, ya que aparecen timbrados como 'público en general'. Debido a este problema, he estado escalando el asunto y presentando quejas tanto en su UNE como en la Condusef, pero hasta ahora no he tenido éxito. Mi pregunta es la siguiente: no necesito deducir comisiones de esta tarjeta de crédito, pero sí realizo pagos de honorarios médicos que planeo deducir como persona física. En caso de que la autoridad realice una revisión o solicite una devolución manual, ¿es estrictamente necesario que el estado de cuenta esté timbrado con mi RFC, o esto solo aplicaría si quisiera deducir comisiones bancarias? No encuentro algo en la ley o reglas de miscelánea que me ayude a responderme, agradeceria cualquier orientación al respecto.
Tópico: Criptomonedas
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 07, 2022 18:36:59 Asunto: Re: Criptomonedas
[quote]Concuerdo hay que recurrir a la esencia de la tranasaccion. Existe una compra-venta se trata de enajenaciones entonces vemos que regimen le corresponde, que se liquida con criptomonedas, pues es logico que se encuadre las ganancias o perdidas dentro de donde se declaren las enajenaciones. Pueden darse en honorario o en arrendamientos, pues estas ganancias o perdidas corresponden seguir la suerte del principal pero si se trata de inversiones a modo de estar comprometiedo capitales para obtener rentabilidades, esto esta muy claro que son intereses. La ISR lo define perfectamente bien, el aticulo 8, lo encuadra perfectamente con toda la claridad, nomas hay que leerlo y entenderle Por cierto los prestamos carecen de 'sustancia fisca' y no son intangibles... Quieren ver que corresponde a los integibles, pues no nos quebremos y digamos churradas, ya inventaron el boletin C-8, ahi si se señala en verdad en verdad cuando se trata de activos intagibles [/quote] ers9727, ¿que opinas que la prodecon lo encuadro como enajenacion de bienes? Se me hace muy ridículo que si tienes una operación mayor a 227,400 MXN tendrias que hacer un pago provisional del 20% del monto total de la operación. Ya veo la complejidad de obtener esa devolución. https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/bannerPrincipal/2021/CRIPTOMONEDAS.pdf
Tópico: Pago de gastos hospitalarios por cuenta de tercero persona fisica - Soporte para deducciones personales
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2022 16:21:45 Asunto: Re: Pago de gastos hospitalarios por cuenta de tercero persona fisica - Soporte para deducciones personales
Gracias CP_PACO por el comentario buen punto. Para no complicar mucho el ejemplo estaba pensando en el contexto de que los esposos tuvieran régimen de salarios y de intereses. Saludos!
Tópico: Pago de gastos hospitalarios por cuenta de tercero persona fisica - Soporte para deducciones personales
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 04, 2022 15:54:08 Asunto: Re: Pago de gastos hospitalarios por cuenta de tercero persona fisica - Soporte para deducciones personales
Gracias Lumin Oso, entonces tan simple como ya cumplí el requisito del método de pago, aunque la tarjeta de crédito el titular sea el esposo y la esposa tenga una adicional y el CFDI esta al nombre de la esposa. Saludos [i]Editado: Abril 04, 2022 15:54:52[/i]
Tópico: Pago de gastos hospitalarios por cuenta de tercero persona fisica - Soporte para deducciones personales
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2022 19:53:31 Asunto: Pago de gastos hospitalarios por cuenta de tercero persona fisica - Soporte para deducciones personales
Buenas tardes contadores, Vi la siguiente situación en un familiar cercano, que creo le puede suceder a cualquiera y me quede pensando en cual seria la mejor manera de manejarlo fiscalmente. 1. La madre de la esposa tiene que ser hospitalizada y operada, la esposa se va hacer 100% responsable de los gastos y piensa solicitar CFDIs del hospital para incluirlo en sus deducciones personales. 2. Al ingreso la esposa paga el ingreso con su tarjeta de débito, y se le da la atención a su madre. 3. Se dará de alta a la madre, y le solicita el hospital que haga el pago de la cuenta final, pero como ha hecho bastantes pagos en el hospital, honorarios y medicamentos, su tarjeta de débito es bloqueada y tampoco puede realizar transferencias SPEI. 4. Para liquidar la cuenta, utiliza una tarjeta de crédito adicional que tiene de su esposo para que la madre pueda ya ser dada de alta del hospital. 5. Todos los CFDIs estan a nombre de la esposa. Dado este caso, mi duda es al respecto de la deducibilidad de la parte que se pago con la tarjeta de crédito adicional que el titular es el esposo. Lo que yo considero es que ahí aplicaría las reglas de 'Pago de erogaciones por cuenta de terceros', entonces seria necesario que la esposa le devuelva el esposo el monto que se pago con la tarjeta de crédito adicional y tener como soporte la siguiente documentación: 1. CFDIs debidamente llenado a nombre de la esposa 2. Estado de cuenta de la esposa con los pagos realizados al hospital 3. Estado de cuenta de la tarjeta de crédito adicional del esposo, y estado de cuenta que acredite que el esposo recibió el pago de la esposa por medios electrónicos o cheque nominativo. (Si la transferencia es bastante grande podría ver la necesidad de informarlo a la autoridad ) Aunque, considerando la relación de sociedad conyugal con bienes mancomunados, no se que tan necesario sea que la esposa le haga la devolución al marido y tener ese soporte. Aunque posiblemente si se hace de esa manera hay mayor posibilidad de que la autoridad acepte la devolución de manera correcta. ¿Cual es su opinión en este caso? ¿Existe otra alternativa que se les ocurre para manejarlo? Muchas gracias por sus opiniones. [i]Editado: Abril 03, 2022 19:55:17[/i] [i]Editado: Abril 03, 2022 19:56:30[/i] [i]Editado: Abril 03, 2022 20:02:02[/i]
Tópico: Aparente error en complemento de intereses en constancia de retencion bancaria
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2021 02:23:14 Asunto: Aparente error en complemento de intereses en constancia de retencion bancaria
Buenos días, Estaba viendo unas constancias de retención por intereses de dos ejercicios (2018 y 2019) de uno de los bancos mas grandes del país, el cualfue pagado a un PF. Me percate que el interés nominal y real en el complemento de interés utilizaron el mismo valor en las dos constancias. Por dar un ejemplo: Complemento de intereses 2018 Interes nominal $100,000 Interes real $100,000 Complemento de intereses 2019 Interes nominal $150,000 Interes real $150,000 Cosa que no tiene sentido ya que hemos tenido inflación en los dos ejercicios. Aun no he revisado los estados de cuenta para ver si el interés nominal es correcto, pero me acercaba a ustedes para ver si no han tenido un caso similar. Me parece que va a ser tanto un problema buscar la corrección en el banco, o demostrarle a la autoridad el error. Me gustaría sus opinones, saludos. [i]Editado: Octubre 08, 2021 02:23:50[/i]
Tópico: Devolucion IVA PFAE solicitando DIOT
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2021 18:33:01 Asunto: Re: Devolucion IVA PFAE solicitando DIOT
Gracias CP_PACO por la sugerencia. Saludos
Tópico: Devolucion IVA PFAE solicitando DIOT
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2021 18:16:43 Asunto: Devolucion IVA PFAE solicitando DIOT
Buenas tardes, Tengo el siguiente caso: Un PFAE solicitando devolución de IVA, le envían un requerimiento como uno de los requisitos que entregue el DIOT del mes de la devolución. El PFAE no esta llevando DIOT mes con mes, ya que esta aplicando la facilidad administrativa de la RMF 2.8.1.21 ya que sus ingresos no superan los 4 millones de pesos. Mi duda es la siguiente: ¿Que seria mejor? Contestar que el contribuyente no tiene la obligación a dicho requisito, ¿o conviene llenar la DIOT de ese mes correspondiente para aumentar las posibilidades de que sea efectuada la devolución? Lo que no quisiera es que después se lo empiecen a solicitar de manera mensual. Espero sus opiniones, saludos
Tópico: PF con ingresos de dividendo e intereses dentro PPR estan siendo gravados en declaracion anual 2020
luis500

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 10, 2021 17:56:03 Asunto: PF con ingresos de dividendo e intereses dentro PPR estan siendo gravados en declaracion anual 2020
Buenas tardes, Tengo el siguiente problema: Soy PF y tengo un Plan Personal de Retiro, dentro de esa cuenta la casa de bolsa tiene una cartera de fondos de inversión la cual genero ingresos por dividendos e intereses para el ejercicio 2020. Según el articulo 151 titulo 5 de la LISR, los rendimientos que generen no son gravados al menos que se haga algún retiro anticipado. El detalle es que por la entrega de esos dividendos e intereses, me aparecen como ingresos acumulables. En el caso de los intereses veo la opción de quitar ese ingreso, y en caso de alguna revisión justificarlo con la 'CONSTANCIA DE PLAN PERSONAL DE RETIRO LEY DEL ISR ART.151 FR.V' del ejercicio 2020 para demostrar que no es gravable. El problema, es que no puedo quitar el ingreso de dividendo, por el motivo de que el régimen de dividendos viene prellenado y al momento de quitarlo, me dice el aplicativo lo siguiente: 'Deberás registrar al menos un registro de ingresos por Dividendos para poder continuar con tu declaración.' Me gustaría conocer su opinión sobre cual seria la mejor manera de solventar este problema. Me parece que es más problema de plataforma en este caso. Saludos [i]Editado: Abril 10, 2021 17:56:30[/i]

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