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25/Ago/05 17:43

disculpen por meterme en este topico, pero me gustaria saber si alguien de ustedes sabe en que fecha se publico en el DOF que la decl´n anual se podia substituir por el dictamen fiscal
 
No importa cuan largo y dificil es el camino, lo k importa es a donde nos lleva
 
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EIvonne
Soldado

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25/Ago/05 18:05
Re: Pregunta

[quote:da68748fd4="tereso"]Disculpen, aquí estoy de nuevo para hacerles una pregunta, un trabajador firma su carta de renuncia al entrar a laborar, es esto correcto y legalmente tiene algún efecto, por la atención recibida, gracias.
Atte:
Tereso Go.
p.d. ¿Ya ven que no sólo digo bobaditas?
A ver si alguien tiene el valor de responderme[/quote:da68748fd4]

No voy a cuestionar el proceder, simplemente me voy a evocar a darle mi punto de vista a la cuestión planteada.

Los efectos de que el Trabajador firme una carta en el que plasme su voluntad de renunciar al trabajo, trae diversas consecuencias.

Para el Patrón obviamente buscará la manera de rescindir la relación laboral en cualquier momento con o sin evidente causa justificada, con el objeto muy obvio de no dar la indemnización correspondiente.

Para el Trabajador la incertidumbre de que en cualquier momento el Patrón actuaria de manera arbitraria en su contra.

Ahora bien en la hipótesis de que suceda un despido justificado no le veo problema alguno (Aunque no comparto por que es obvio que es incorrecto por ser ilegal, ya que no se le puede prohibir a su trabajador de sus derechos), el problema radica en caso de que exista un despido injustificado.

En ese orden de ideas, se tendría que demandar la indemnización constitucional, desgracidamente aquí corresponde al Trabajador la Carga de la Prueba, Si el trabajador objeta la documental que contiene la renuncia al trabajo, aduciendo que no la firmó o fue a través de coacción o fuerza exterior, le corresponde la carga probatoria para acreditar su objeción, pues el artículo 811 de la Ley Federal del Trabajo establece que si se objeta la autenticidad de un documento en cuanto a contenido, firma o huella digital, las partes podrán ofrecer pruebas con respecto a las objeciones; de donde debe entenderse que el trabajador debe ofrecer las pruebas pertinentes para acreditar que la firma que calza ese documento no es de él.

Es decir que puede ser a través de algun medio de prueba establecido en la legislación como lo es la prueba pericial grafiloscopica o ya sea testimonial.

Es difícil mas no imposible.
 
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jjfarias
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25/Ago/05 18:23
Re: Pregunta

Una vieja practica que las empresas no han dejado atras, es el que el trabajador firme una hoja en blanco, para utilizarla en un futuro como renuncia.

Es de reconocerse que un acto asi, no se concibe más que contrario a derecho, y lesiona al trabajador

Al inicio de tu comentario decias "es correcto", claro que no, es por demas volver a decir lo que ya dijeron los colegas.

¿Legalmente tiene un efecto?, si se utiliza esa hoja firmada y se puede demostrar claro que tiene un efecto legal, pero sobre todo eso deja ver la poca calidad moral y humada del patrón.

Saludos :)
 
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CPVICENTEMM
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25/Ago/05 18:32

buenas tardes,

esos cartas que hacen firmar al trabajador, están dentro de una ilegalidad de actuación del patrón, más no se puede considerar como delito, ya que en los numerales 388, 389, 390 y 391, del Código Penal del Estado de Nuevo León, se establecen bien las conductas ilícitas para ser sancionadas penalmente, así como su correlativo en la legislación federal los artículos 386 fracción XVII..

saludos
 
-Gracias doy al cielo por la merced que me hace, pues tan presto me pone ocasiones delante donde yo pueda cumplir con lo que debo a mi profesión, y donde pueda coger el fruto de mis buenos deseos. "Don Quijote de la Mancha".
 
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cpsergioguerrero
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25/Ago/05 18:33

buenas tardes,

esos cartas que hacen firmar al trabajador, están dentro de una ilegalidad de actuación del patrón, más no se puede considerar como delito, ya que en los numerales 388, 389, 390 y 391, del Código Penal del Estado de Nuevo León, se establecen bien las conductas ilícitas para ser sancionadas penalmente, así como su correlativo en la legislación federal los artículos 386 fracción XVII..

saludos
 
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cpsergioguerrero
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25/Ago/05 18:52
Re: Pregunta

NO ES CORRECTO, PERO NO OLVIDEMOS QUE LA LFT ES PATERNALISTA Y TODAS LAS PRUEBAS RECAEN EN EL PATRON Y NO BASTA CON EXHIBIR UNA CARTA DE RENUNCIA, AUNQUE LOS ABOGADOS LABORALES PIDEN QUE SEA HECHA A MANO Y ACOMPAÑADA DE LA HUELLA DIGITAL, ES MAS AUN CUANDO EL DESPIDO PROCEDE LOS ABOGADOS PUEDEN GANAR ESA DEMANDA.... NADIE ESTA EXENTO NI AUN HACIENDO LAS COSAS BIEN :evil:
 
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edgarivanp
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25/Ago/05 19:01
Re: Pregunta

hay de dos sopas pa trabajador

1 una vez dentro acude ante la junta y demanda la ilegalidad para que haya el antecedente.

2 alega que la firmaste bajo presion y deja testigos de cuando te corran incluso comentales a tus compañeros que firmaste ne blanco para que haya ese antecedente tambien....
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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