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17/Sep/06 8:06
Re: impresion de comprobantes fiscales con tasa separada

[quote:79320c46e3="cjlopezasesoria"]la redacción dice que se hará esa separación cuando...el pago de la contraprestación se haga en parcialidades.....................

que pasa si no es en parcialidades?

que opinan al respecto[/quote:79320c46e3]
según el Art. 29 de código en la reforma en ambos casos se separa el IVA desglosado por tasas

Artículo 29
Cuarto párrafo (Se deroga)
Quinto párrafo (Se deroga)

El comprobante que se expida deberá señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación que ampara se hace en una sola exhibición o en parcialidades. Cuando la contraprestación [color=red:79320c46e3]se pague en una sola exhibición, [/color:79320c46e3]en el comprobante que al efecto se expida se deberá indicar el importe total de la operación y, cuando así proceda en términos de las disposiciones fiscales, [color=red:79320c46e3]el monto de los impuestos que se trasladan, desglosados por tasas de impuesto.[/color:79320c46e3] [color=blue:79320c46e3]Si la contraprestación se paga en parcialidades[/color:79320c46e3], en el comprobante se deberá indicar, además del importe total de la operación, que el pago se realizará en parcialidades y, en su caso, el monto de la parcialidad que se cubre en ese momento y [color=blue:79320c46e3]el monto que por concepto de impuestos se trasladan en dicha parcialidad, desglosados por tasas de impuesto.[/color:79320c46e3]Cuando el pago de la contraprestación se haga en parcialidades, los contribuyentes deberán expedir un comprobante por cada una de esas parcialidades, el cual deberá contener los requisitos previstos en las fracciones I, II, III y IV del artículo 29-A de este Código, anotando el importe y número de la parcialidad que ampara, la forma como se realizó el pago, el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasas de impuesto cuando así proceda y, en su caso, el número y fecha del comprobante que se hubiese expedido por el valor total de la operación de que se trate.

si es en una sola exhibición lógicamente se expecifíca la tasa del impuestos y creo que aqui no hay duda.

En las de pago en parcialidades yo entiendo que se hace la factura y se desglosa la tasa o tasas segun sea el caso , y luego en los recibos de parcialidades tambien se desglosa la tasa.
 
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mluna
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17/Sep/06 17:03
Re: impresion de comprobantes fiscales con tasa separada

[quote:cf31aa1f2b="cjlopezasesoria"]no captaste la idea.....debi suponerlo.[/quote:cf31aa1f2b]

RECUERDA QUE SOY MUY CH............PERO TODAVIA MAGO NO
 
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lobozac
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18/Sep/06 14:46
Re: impresion de comprobantes fiscales con tasa separada

Señores Colegas:

En mi caso tengo todas mis operaciones al 15%. ¿ Es realmente necesario anotar el dato "15%" en el comprobante ?. La ley en la fracción VI del artículo 29A dice:

"...así como el monto de los impuestos [/b:7fb26d857c]que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, desglosado por tasa de impuesto, [b:7fb26d857c]en su caso."

El monto de los impuestos es lo primero que la ley me obliga a incluir en el comprobante. Y la ley me obliga a desglosar por tasa de impuesto sólo en su caso. ¿ Que caso ?, ¿ Sólo cuando se tienen dos tasas ?

Acudo a su experiencia porque tengo clientes que me dicen que es forzoso poner el dato "15%" en el formato de la factura. Apoco si la factura no dice "15%" es no deducible ?

Gracias :)
 
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danielk19
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18/Sep/06 17:16
Re: impresion de comprobantes fiscales con tasa separada

si tu eres el CH...con razon bajo de nivel el foro...bye hasta la proxima veda de coyotes...
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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18/Sep/06 17:32
Re: impresion de comprobantes fiscales con tasa separada

[quote:934dd7b4d4="danielk19"]Señores Colegas:

En mi caso tengo todas mis operaciones al 15%. ¿ Es realmente necesario anotar el dato "15%" en el comprobante ?. La ley en la fracción VI del artículo 29A dice:

"...así como el monto de los impuestos [/b:934dd7b4d4]que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, desglosado por tasa de impuesto, [b:934dd7b4d4]en su caso."

El monto de los impuestos es lo primero que la ley me obliga a incluir en el comprobante. Y la ley me obliga a desglosar por tasa de impuesto sólo en su caso. ¿ Que caso ?, ¿ Sólo cuando se tienen dos tasas ?

Acudo a su experiencia porque tengo clientes que me dicen que es forzoso poner el dato "15%" en el formato de la factura. Apoco si la factura no dice "15%" es no deducible ?

Gracias :)[/quote:934dd7b4d4]

efectivamente, auque todas tus operaciones sean al 15% hay que anotar la tasa
 
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mluna
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19/Sep/06 13:40

cjlopezasesoria
Tus comentarios no vienen al caso
 
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vabdo
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