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28/Feb/09 14:08
vta de activo fijo para ietu

Buen dia a todos los usuarios!!, fijense que tengo una camioneta que termine de depreciar en 2007, como act. empresarial y profesional, y la vendo en 2008, ese ingreso es acumulable para ietu???? gracias por sus comentarios
 
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GORGY
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28/Feb/09 14:49
vta de activo fijo para ietu

NO ES INGRESO AFECTU A IETU, PERO SI A ISR...APLICA , ART 4 LIETU.....


Actos accidentales
VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley. Para estos efectos, se considera que las actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos gravados en los términos de los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única.
LIETU 1 , 5 I , Tr 2008 14
LISR Titulo IV Capítulos II, III
CFF 14
CCF 22 a 24
CCOM 4
 
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SHANGAI
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28/Feb/09 17:11
Re: vta de activo fijo para ietu

Hola:

Si se depreció ese activo fijo, es porque se sería un contribuyente al ISR

Como no eres una PF y se esta realizando un acto accidental, corresponde acumular el ingreso por esa enajenacion de ese bien.

No se tiene costo del bien, todo el ingreso causaria el IETU (Ver Art 1 LIETU)
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Feb/09 21:13
Re: vta de activo fijo para ietu

Coincido con el comentario de enrique9727

SI es ingreso para IETU


Saludos
 
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vabdo
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28/Feb/09 21:50
Re: vta de activo fijo para ietu

GORGY:
.....una camioneta que termine de depreciar en 2007, como act. empresarial y profesional, y la vendo en 2008, ese ingreso es acumulable para ietu????


Coincido con lo comentado por SHANGAI, en cuanto en que el ingreso no es acumulable para IETU, ya que se trata de un acto accidental y le aplica la Fracc. VII del Art. 4 de LIETU:

VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley. Para estos efectos, se considera que las actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos gravados en los términos de los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única

En mi opinión no es acumulable para el IETU ya que:

1.-Es Persona Física del capitulo II del Título IV de LISR

2.-La camioneta se terminó de depreciar en 2007, antes de que entrara en vigor la LIETU.


La única salvedad sería que esa camioneta se hubiese considerado dentro de los Créditos por Inversiones de Activos adquiridos de 1998 al 2007 y se haya aplicado dicho crédito por la camioneta durante el 2008, en ese caso ya no sería considerado como Acto Accidental, ya que no cumpliría con lo señalado al final de dicha fracción: 'bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única'.



Saludos

















Editado: Marzo 01, 2009 15:32:18
 
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CHAVALON
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01/Mar/09 00:22
Re: vta de activo fijo para ietu

Buenas noches, coincido con chavalon, no es acumulable para IETU de acuerdo al articulo 4 de la misma, ya que se trato de un acto accidental.....Editado: Marzo 01, 2009 00:26:57
 
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rdelacruz
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02/Mar/09 08:49
Re: vta de activo fijo para ietu

Gracias a todos por sus comentarios, efectivamente el bien ni si quiera entro en el calculo de ded. de inversiones del 98-07, por lo tanto nunca lo deduje de ietu.
 
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GORGY
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02/Mar/09 12:08
Re: vta de activo fijo para ietu

Si se encuentra tributando bajo la actividad empresarial y profesional esa PF... por lo general es que estaria realizando actividades empresariales basicamente de manera ordinaria. Es mas GORGY, lo expresa y lo ratifica cuando indica que se aplico una depreciacion.

Si solamente fuesen actividades profesionales y no desempeñába actividades empresariales, de manera subita estaria realizando una actividad empresarial con la enajenacion de ese bien. Y en ese caso, si cabría lo sugerido SHANGAI

Pues, los servicios profesionales no se encuadran en actividades empresariales, aunque se encuentren tributandose dentro de ese regimen fiscal para la LISR

Resulta que el Art 4 LIETU, se aplica a personas que no desempeñan actividades empresariales. Si ya venian realizandolas y luego realizan otra, esto no sería un acto accidental.

Pero, bueno sugiero en cuyo caso, ratificar o desvirtuar este criterio ante el SAT.

Y aunque pareciera muy injusto, la manera de estar tributandose el IETU en este caso expuesto, la ley marca una gravacion y son de las cosas que deben impugnarse ante juzgados, si consideran pertinente el hacerlo, atendiendo a lo representativo del monto.
 
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enrique9727
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02/Mar/09 13:30
Re: vta de activo fijo para ietu

enrique9727:
Resulta que el Art 4 LIETU, se aplica a personas que no desempeñan actividades empresariales.....


No hay que distinguir en donde la Ley no distingue, la Fracc. VII de Art. 4 de LIETU citado señala a los contribuyentes de los Capítulos II y III del Título IV de LISR y no hace ninguna excepción.

A manera de 'Cultura General' te menciono lo que 'contienen' los Capítulos II y III:

CAPÍTULO II.-DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

SECCIÓN I.-DE LAS ACTIVIDADES FISICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES.

SECCIÓN II.-DEL REGIMEN INTERMEDIO DE LAS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES

SECCIÓN III.-DEL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES.


CAPÍTULO III.- DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES.


Salvo que exista alguna disposición que establezca lo que tu afirmas.



Saludos






Editado: Marzo 02, 2009 13:31:14
 
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CHAVALON
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02/Mar/09 13:37
Re: vta de activo fijo para ietu

enrique9727:
.....estaria realizando actividades empresariales basicamente de manera ordinaria. Es mas GORGY, lo expresa y lo ratifica cuando indica que se aplico una depreciacion.


Entonces los contribuyentes que prestan Servicios Profesionales no pueden aplicar depreciaciones en ISR ?, o solamente los que realizan Actividades Empresariales pueden hacerlo?



Saludos









Editado: Marzo 02, 2009 13:39:09
 
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CHAVALON
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