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04/Sep/09 20:31
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Hola BR2:
...¿qué tan indispensable es aquello de la copia del estado de cuenta de la TC?

Dado que no existe un Comprobante Fiscal por la compra del boleto, en mi opinión, el Estado de Cuenta de la T.C. del empleado, haría las veces del mismo y con ello amparar el gasto por parte de la Empresa.




Saludos
 
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CHAVALON
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04/Sep/09 20:37
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

marydel:
…..una persona compro pases de abordar , un tercero (no tiene rel de trabajo)…..
…..dichos pasajes serían deducibles?...

Tal como lo comentan los compañeros, si no existe un Contrato de Prestación de Servicios o de Comisión Mercantil que señale que dichos gastos serán por cuenta de la Empresa, los mismo son No Deducibles.



Saludos
 
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CHAVALON
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04/Sep/09 21:09
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

HOLA, CHAVALON:

'Dado que no existe un Comprobante Fiscal por la compra del boleto, en mi opinión, el Estado de Cuenta de la T.C. del empleado, haría las veces del mismo y con ello amparar el gasto por parte de la Empresa'
.


Hola, Chavalon...Muy buena noche para usted (Para mi tardes todavia, jejejeje)...Pero que no el mismo boleto electronico 'por si mismo' ya hace las veces de un comprobante fiscal?..No estaria de mas el Estado de cuenta del empleado?..Salvo que este en el supuesto que menciona el Art. 32 FV de la LISR referente a la alimentacion, que no?...O de que me estoy perdiendo?....

'I.2.4.4.Para los efectos del artículo 29 del CFF, los siguientes documentos servirán como comprobantes fiscales'

Fi.- .....Los boletos electronicos.....

Un saludin....Editado: Septiembre 04, 2009 21:11:00
 
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memoli
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05/Sep/09 08:36
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Hola memoli buen día (madrugada allá), de hecho no es absolutamente indispensable el adjuntar copia del Estado de Cuenta de la T.C. del empleado.

La mención que hago al respecto, es porque que en dicha Regla (I.2.4.4) no se señala específicamente que los Pases de Abordar se consideren como Comprobantes Fiscales, (en este caso es lo único que se tiene) y es por ello que la autoridad pueda objetarlos.

Menciona marydel:
……..EL UNICO COMPROBANTE QUE SE EXPIDE POR PARTE DE LA AGENCIA DE VIAJES ES UN PASE DE ABORDAR....

Dentro de los Comprobantes que puede expedir una Agencia de Viajes, no se mencionan los Pases de Abordar.

Comprobantes de agencias de viajes

I.2.4.5.Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF y 37 de su Reglamento, las agencias de viajes se abstendrán de emitir comprobantes en los términos de dichos preceptos, respecto de las operaciones que realicen en calidad de comisionistas de prestadores de servicios y que vayan a ser prestados por estos últimos. En este caso deberán emitir únicamente los llamados 'voucher de servicio' que acrediten la contratación de tales servicios ante los prestadores de los mismos, cuando se requiera.
……………

Tampoco emitirán comprobantes respecto de los ingresos por concepto de comisiones que perciban de las líneas aéreas y de las notas de crédito que éstas les expidan. Tales ingresos se comprobarán con los reportes de boletaje vendido de vuelos nacionales e internacionales que elaboren las propias agencias de viajes y la International Air Transport Association “IATA”, respectivamente, en los que se precise por línea aérea y por agencia de viajes, el número de boletos vendidos, el importe de las comisiones y créditos correspondientes.

Dichos reportes y notas de crédito servirán a las líneas aéreas para comprobar la deducción y el acreditamiento que proceda conforme a las disposiciones fiscales.

CFF 29, 29-A, RCFF 37

El Estado de Cuenta del empleado se puede, en este caso, utilizar como Comprobante Fiscal esto de acuerdo al Art. 29-A del C.F.F., a las Reglas I.2.4.15, I.2.4.16 y al Comunicado 68 del SAT.

En mi opinión y por experiencia tenida con Auditores del SAT, recomiendo que entre mayor soporte se tenga, no estorba.

Como dijera un ex-Presidente, vale mas que zo-zobre y no que fa-falte, ja ja ja




Saludos


.

Editado: Septiembre 05, 2009 09:00:16
 
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CHAVALON
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05/Sep/09 09:46
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Un comentario breve......

Mi comentario va encaminado a que el concepto de los Gastos estrictamente indispensables no siempre va vinculado o sujeto a la actividad preponderante del contribuyente, ciertamente no existe una definición en la LISR que nos estipule tácitamente que es el concepto antes citado.

por ejemplo si un contribuyente PM se dedicara a el giro que fuere, teniendo varias actividades estipuladas en su acta constitutiva, no significa que por no ser su actividad “ preponderante” no sea deducible dicha erogación, es común que cuando se acude al notario para que este de fe y se realice el acta constitutiva deba poner atención y estipular en forma detallada EL OBJETO, ya que se desprende que para hacer extensiva todos los conceptos que se relacionen a su actividad y que en un momento dado la autoridad no tenga elementos para objetarle respecto a la deducibilidad de ciertas partidas, propias de sus actividades,…por otro lado, …. la autoridad siempre tratara de no hacer deducibles ese tipo de erogaciones, máxime cuando a su juicio considere no provengan de la actividad preponderante del causante, puesto añade que no existe relación con la actividad que desempeña el contribuyente, en otro orden de ideas, la autoridad en forma arbitraria viola la esfera jurídica del numeral 5 de la CPEUM restringiendo el crecimiento económico de una entidad, cuando esta ultima tiene elementos de fondo para demostrar con actas, contratos dichas erogaciones …etc, bajo esa tesitura y concluyendo es perfectamente deducible el caso en comento y que el autor del tópico tenga una visión mas amplia de lo que se puede enfrentar a con la autoridad en lo que esta le argumentara o tratara de desvirtuar a los elementos reales y concisos que demuestre un contribuyente.

Lo demas ya fue expuesto por los colegas en forma acertada...

saludos
 
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05/Sep/09 13:54
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Dado que no existe un Comprobante Fiscal por la compra del boleto, en mi opinión, el Estado de Cuenta de la T.C. del empleado, haría las veces del mismo y con ello amparar el gasto por parte de la Empresa.


Gracias Chavalon por exponer el porque de tu criterio.....

Como punto final, aquello de comprar en agencias de viaje como que ya es obsoleto ¿no?, claro, a menos que sean compras por parte de personas que no manejan computadora (internet para ser exactos).....el detalle sería en caso de que las compras de los boletos se hicieran en efectivo ¿para donde hacerse?

PD: con los boletos de avión 'electrónicos' se pueden hacer unos mega fraudes que ni para que te cuento...jaajaja
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
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05/Sep/09 15:23
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Ok, Chavalon, coincido con usted, no esta demas ...Gracias, que pase buen fin de semana....

CPhugocejo:

'Mi comentario va encaminado a que el concepto de los Gastos estrictamente indispensables no siempre va vinculado o sujeto a la actividad preponderante del contribuyente, ciertamente no existe una definición en la LISR que nos estipule tácitamente que es el concepto antes citado'


'....la autoridad siempre tratara de no hacer deducibles ese tipo de erogaciones, máxime cuando a su juicio considere no provengan de la actividad preponderante del causante, puesto añade que no existe relación con la actividad que desempeña el contribuyente...'



Que tal, Hugo, buen dia....(Hasta que se me hace saludarlo de manera directa, jejeje)

Tiene razon de lo que comenta...Me hizo recordar que en una ocasion el maestro de la universidad (varios ayeres) cuando estabamos viendo justo el tema de 'lo estrictamente indispensable hizo alusion a que justamente la autoridad 'a su juicio' determina lo que para ellos es o no indispensables un gasto hecho por el contribuyente ...Y puso entros muchos ejemplos, un ejemplo divertido de un contribuyente 'ancianito, viejito' que compro para su oficina unos majestuosos muebles de lujo, con un valor digamos 'exagerado' (Que si los valia)....Luego, al llegarle la autoridad le determina que esos muebles que tiene en su oficina No son deducibles por 'no ser estrictamente indispensables', puesto que pudo haber comprado uno 'en Tepito' de menos valor (de tela tal vez) y no irse a uno de piel, importado de Europa y que finalmente cumpliera el uso de la misma....Por lo que el 'viejito' se defendio argumentando con la frase: 'Si, Estrictamente indispensable, pero PARA QUIEN?.... Es obvio que el Art. 31 FI de la LISR uno de los requisitos 'para quien deduce' es que LA DEDUCCION SEA ESTRICTAMENTE INDISPENSABLE PARA LOS FINES DE LA ACTIVIDAD DEL CONTRIBUYENTE'...Y el viejito argumento que dichos muebles para el si eran estrictamente indispensables para los fines de la actividad de su negocio puesto que aunque el se dedicara al comercio de ganado (Por decirlo asi), el ocupaba que su oficina estuviera y se viera de lo mejor para darle una buena impresion a sus clientes y que eso le funcionaba para su prosperidad.....Por lo que concluyo que esa frase de 'estrictamente indispensable' deja abierta una gran puerta para el debate entre la autoridad y el contribuyente.....Total.....

Ah: ....Y que decir del 'viejito': Tambien le querian 'hacer no deducibles' los gastos originados por los sueldos y derivados de su 'secretaria'... puesto que la autoridad asumio que no era estrictamente indispensable su gasto en virtud de que dicho gasto estaba de mas (Detecto que no sabia hacer nada y solo 'estaba de lujo') ....Pero de nuevo el 'viejito' argumento que para el 'si era estrictamente indispensable' en virtud de que 'tan solo su presencia lo inspiraba para seguir con la prosperidad de su negocio'.....jajaja....Se salio el maestro, pero dio con el punto....En fin....

Que pasen un buen fin de semana!!!!

Salu2!!!!




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memoli
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05/Sep/09 15:41
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Igualmente Memoli, en lo personal siempre me es grato ver sus comentarios muy acertados.


y que pase un excelente fin de semana..



Saludos
 
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CPhugoocejo
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05/Sep/09 15:45
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

Gracias, contador...Igualmente....:smile:
 
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memoli
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05/Sep/09 17:00
Re: LOS PASES DE ABORDAR EN AVION ELECTRONICOS SON DEDUCIBLES

BR2:
...con los boletos de avión 'electrónicos' se pueden hacer unos mega fraudes que ni para que te cuento...jaajaja

Asi es mi estimado (estimado no es aproximado) BR2, se presta para como mencionas a grandes fraudes tanto de los empleados Vs. la Empresa, como de ésta para con las Autoridades, asi es que vale mas tener la mayor cantidad de precauciones.



Saludos
 
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CHAVALON
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