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21/Jun/04 19:40
a ver a ver impac que opinan?

cj dice:
QUIOVU
cj dice:
PAGOS PROV. DE ISR 2003 $ 100, IMPTO ANUAL $300 Y IMPAC $350
cj dice:
QUE PROCEDE?
a ver, a ver mas despacio
cj dice:
TUVE PROV DE ISR POR 100 PESOS
cj dice:
AL DETERMINAR EL IMPTO ANUAL ME DA UN RESULTADO DE IMPTO POR 300 PESOS
cj dice:
PERO ESTOY OBLIGADO AL IMPAC AL REBASAR LOS TOPES DE EXENCION Y EL RESULTADO DEL IMPAC ES DE 350
cj dice:
PESOS
cj dice:
QUE PROCEDE?
recordemos que el impac, primero se "paga" con isr y despues con dinero,
cj dice:
OK
en mi opinion, seria impac a pagar de 50
correcto???

--------------------------------------------------------------------------
Otro caso

cj dice:
OK PERO EN EL SIGUIENTE HAY ISR E IMPAC SE HACEN ALTERNATIVOS OK?
cj dice:
OSEA LA CUESTION ES ASI:
cj dice:
ok
cj dice:
en caso de pagos prov 2003 alternativos
cj dice:
isr de enero 100, impac de enero (como debio pagar en 2002) 50, ambos sin acreditar nada resultado 100
cj dice:
mayor isr
cj dice:
feb 150 isr, 100 de impac a pagar 150 menos pago anterior 100 a pagar 50 ok?
ok
cj dice:
mi pregunta a todo esto es:
cj dice:
cuando aplico el 7-a no puedo acreditar el isr que me retuvieron por ejemplo banco atendiendo a la fraccion I del 7-a de la lia y al no mencionarlo en la fracc II?????????
cj dice:
YA QUE EL 7-A HACE ALUSION AL 14 FRACC III(antes 12) PERO EN EL 7-A FRACC I ME DICE QUE NO SE EFECTUA ACREDITAMIENTO ALGUNO
cierto
cj dice:
entonces cuando efectuo alternativos procede la acreditacion del isr retenido por bancos?
cj dice:
que opinas
cj dice:
si procede la acreditacion?
el art. 14 (antes 12) nos habla de pagos provisionales (ingresos nominales x c.u, etc.), es decir de la determinacion de estos
cj dice:
asi es
pero la cuestion es : Atendiendo al 7-a lia que me da la pauta para los alternativos, procede la acreditacion del isr ret por bancos por ejemplo???
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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22/Jun/04 6:40
Re: a ver a ver impac que opinan?

Para determinar cual de los impuestos es el mayor, se hace sin disminuir los pagos provisionales,
si son acreditables las retenciones de ISR una vez determinado que se va ha pagar IA o ISR.
 
No hagas a otro lo que a ti no quieres que te hagan
 
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DanielRuvalcabaR
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22/Jun/04 10:18
Re: a ver a ver impac que opinan?

Saludos colegas...!!

En mi opinión la compraración de ISR e IAC para el efecto de los pagos provisionales conjuntos debe hacerse antes de el acreditamiento de PP anteiores y de las retenciones (de los bancos en este caso) ya que dichas retenciones se consideran también un pago provisional...

El art 7-A LIAC te dice que compares los PP de isr de acuerdo a el art 14 de LISR, ahora, el acreditamiento para ISR se da hasta la Fracc III:

[i:2fa9100ed7]"Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tasa establecida en el artículo 10 de esta Ley, sobre la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo acreditarse contra el impuesto a pagar los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad. También podrá acreditarse contra dichos pagos provisionales la retención que se le hubiera efectuado al contribuyente en el periodo, en los términos del artículo 58 de la misma..."[/i:2fa9100ed7]

El art 58 LISR dice:

[i:2fa9100ed7]"Las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. La retención se enterará ante las oficinas autorizadas, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquél al que corresponda..."[/i:2fa9100ed7]

En mi opinión la retención de ISR que nos hacen los bancos por los intereses que genera nuestro dinero se consiera un PP a cuenta del impuesto anual y por consiguiente esa retención no debe tomarse en cuanta para efectos de la comparación de los PP de ISR y de IAC que menciona el art 7-A de la LIAC
 
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Alucard
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22/Jun/04 11:31
Re: a ver a ver impac que opinan?

Alucar dice:no deben tomarse en cuenta para efectos de la comparacion.......MI OPINION VA EN ESE SENTIDO, pero alguien mas puede darnos su punto de vista fundamentado?


La discusion de un temas enriquece y enseña.....
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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22/Jun/04 14:07
Re: a ver a ver impac que opinan?

Saludos "cjlopezasesoria"...!!

pues creo que ya nadie quiere opinar al respecto...!!

Creo que puede y sería suficiente el fundamento del art 58... o no...?
 
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Alucard
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22/Jun/04 14:37
Re: a ver a ver impac que opinan?

En efecto, voy de acuerdo en que la comparacion se realiza con el impuesto determinado, y antes de acreditar pagos provisionales. Las retenciones realizadas por las instituciones financieras se considera pago provicional.
:)
 

 
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AlejandroC
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22/Jun/04 15:27

ESTOY DE ACUERDO SI PROCEDE EL ACREDITAMIENTO
 
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WILLIAMCH
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22/Jun/04 15:41
Re: a ver a ver impac que opinan?

Saludos...!!

A caray "WILLIAMCH" a que procedencia de acreditamiento te refieres..??? 8O (es en buen plan)

Aqui lo que se comenta es si la comparación de los PP de ISR e IA a que se refiere el art 7-a de LIA se deben tomar en cuenta las retenciones...!
 
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Alucard
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22/Jun/04 15:52

EL ART 7-A FRACC II DICE "... PUDIENDO ACREDITAR CONTRA EL IMPUESTO A PAGAR, LOS PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD..."

A ESE ACREDITAMIENTO ME REFERIA.

EN OTRAS PALABRAS SI HAY QUE TOMAR EN CUENTA LAS RETENCIONES
 
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WILLIAMCH
Sargento Primero

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22/Jun/04 15:57
Re: a ver a ver impac que opinan?

estoy de acuerdo en la acreditacion en lo referente a los pagos anteriores , pero la pregunta y duda es referente a la acreditacion de las retenciones de isr que hizo el banco, es decir el 7-a las excluye entonces se aplican en la anual...no crees?
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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