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24/Feb/09 23:43
Reembolso capital con terrenos

Què tal, buenas noches.

Se me presenta un caso, en el cual tengo a dos contadores de la vieja guardia que me ven con ojos de 'y a este puberto que le pasa, porque dice eso'.....la cosa esta asì:

Primer acto
Socios, aportaron a una PM 20,000,000 de pesos hace varios ayeres, con dichos recursos se adquirieron terrenos...

Segundo acto
Las aportaciones se 'capitalizaron', con el fin de que no le pegara el efecto inflacionario al considerarse una deuda por pagar.

Tercer acto (aqui es donde los veteranos me dicen que estoy mal)

Se desea devolver el dinero a los accionistas (se realizo el calculo y no se genera ISR porque la PM nunca inicio actividades), pero el detalle es que el dinero se devolvera pero en especie, es decir se reembolsarà el capital a los socios pero con los TERRENOS.

Para mì, no hay problema con el reembolso de capital (repito, no se generò impuesto alguno), el detalle es, que al transferir la propiedad (tipo daciòn en pago) con terrenos en lugar de pachocha....se genera la enajenaciòn de los terrenos, ya que (veamos CFF)

'Artículo 14.- Se entiende por enajenación de bienes:

I. Toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado'


Tòmala cacheton, a mi ver y entender, debo calcular si existe base para ISR por la 'enajenaciòn' de los terrenos, es decir 'importe considerado como devuelto-costo actualizado de los terrenos', asì mismo, directamente, si los terrenos se toman a valor avaluo, es decir a 35,000,000 de pesos, se generarà el IETU a razòn del 17% 'directo', es decir 35,000,000x17%=5,950,000 de IETU por el chiste de la transmisiòn de la propiedad.

¿Acaso veo monos con trinchete y de plano antes si jalaba esta 'estrategia'...o ando mal?

Agradezco sus comentarios!!!!


Editado: Febrero 24, 2009 23:51:31
 
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Bruno
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25/Feb/09 00:24
Re: Reembolso capital con terrenos

El hecho de sacar CUCA es para hacer reembolso de capital sin pagos de impuestos. Claro que si se tuviera CUFIN se puede decretar dividendos.
Por exceso de esas cuentas, es que habria que determinarse pago de impuestos

Pero, ahora me queda la duda de que sea una enajenacion ese retiro de capital social, es como para platicar con algun abogado.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Feb/09 11:46
Re: Reembolso capital con terrenos

Ese es el detalle, para mi es muy claro que al existir 'traslación' de la propiedad del bien encuadra como enajenación....

¿Eres de la vieja guardia verdad Enrique?..jejeje es broma!!!
 
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Bruno
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25/Feb/09 13:14
Re: Reembolso capital con terrenos

en lo personal considero que si habria enajenacion...de acuerdo al articulo 14 del CFF
 
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lcruizuscanga
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25/Feb/09 13:46
Re: Reembolso capital con terrenos

Ok se entiende tu postura,
no quisiera ser de la vieja escuela pero, entonces tratas de decir que cualquier reembolso de capital que no sea en efectivo, si no en especie resulta enajenacion que paga impuesto?
Ahora bien, si aporte terrenos y me devuelven dinero no hay problema??

La aportación a una sociedad tambien es enajenación, sin embargo esta claramente excluida como ingreso acumulable, sin embargo no he encontrado nada que excluya la enajenacion por reembolso de capital.
Porque siempre tienes casos tan complicados??Editado: Febrero 25, 2009 13:48:35
 
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cp_enrique
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25/Feb/09 13:47
Re: Reembolso capital con terrenos

Buenas tardes.

Saqué de entre los libros retorcidos de mi acervo cultural, un material publicado por el IMCP, el cual se titula 'Algunos efectos en el ISR, del reembolso de capital en especie'..por el C.P. Enrique Gómez Haro Ruiz..

Hace años lo encargue, de hecho, es de esos que tiene fecha de impresión de 1996...pero, como nunca lo ocupe, ni lo abrí, sino hasta hoy...transcribo lo que a mi tema respecta:

Página 36

2.1.2 El pago en especie

A este respecto, tenemos en la LISR y el CFF las siguientes reglas:

Art. 14 CFF.- Establece que toda transmisión de propiedad es enejanación para efectos fiscales y consecuentemente es adquisición para la contraparte. Por lo tanto, el pago en especie es enajenación para quien lo efectúa.


Tambien menciona algo respecto a la 'posibilidad' de que la autoridad considere 'ingreso en bienes' para la PF el pago en especie, pero en realidad, eso no me preocupa, ya que no existe un hecho generador para la renta gravable....

Por si les interesa el 'pequeño' libro, lo pueden encontrar en la página del IMCP...aquí pongo un acceso directo de otra página donde pueden ver la portada y el indice: http://www.aef.org.mx/index.php?option=content&task=view&id=37

En fin, casos especiales con los que se topa uno a veces....
 
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Bruno
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25/Feb/09 13:48
Re: Reembolso capital con terrenos

Buenas tardes 'cp_enrique', me intereso lo que comentas sobre 'La aportación a una sociedad tambien es enajenación, sin embargo esta claramente excluida como ingreso acumulable' ¿tienes el fundamento?, claro esta, esperando que te refieras a que no sea ingreso acumulable para la PF (porque para la PM no hay duda de que no lo es)...

Un saludo!!!
 
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25/Feb/09 13:51
Re: Reembolso capital con terrenos

Ok me referia a que no es ingreso acumulable para la persona moral,
En cuanto a la persona física supongo que deberia entrar en ingresos por adquisicion de bienes pero desde mi punto de vista no encuadra en ninguno de los supuestos que señala el capitulo de ingresos por adquisicion de bienes.
 
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cp_enrique
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25/Feb/09 13:53
Re: Reembolso capital con terrenos

ok,
entraria en la fraccion IV supuesto señalado en el art. 153??
 
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25/Feb/09 14:02
Re: Reembolso capital con terrenos

Algunos especialistas creo (no lo aseguro) opinan que al recibir el bien es un ingreso en bienes, repito, eso no me preocupa porque analizando LISR no me parece aplicable y si muy defendible que la PF no acumule la 'adquisición' del bien, ya que no es a título gratuito, sino que entrega (por decirlo así) sus acciones...(a eso te refieres verdad, pero sería el art. 155 Fracc. IV)

De hecho, hay ciertas reglas que mas tarde subire para este tipo de casos, para aclarar cuando 'si será ingreso en bienes' (un ejemplo sería que las acciones valieran 15,000,000 y se reciban bienes con valor avaluo 25,000,000..aquí a mi parecer tiene un ingreso en bienes, el cual se reglamente por el 153 de LISR)...

Ahorita ire al SAT a ver unos pendientes y mas tarde seguimos comentando..
 
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