10/Mar/11 10:04
Re: descuento por asistir al servicio militar????
NO DON ALBERTO........DEJEME LE CONTRADIGO...NO ES COMO DICE USTED....(OBVIO ES QUE DESDE MI PUNTO DE VISTA )
VEAMOS.....
DEJEMOS A SALVO TODO EL FUNDAMNTO QUE NOS MOSTRO,.......DE HECHO ES EL QUE APLICA.....
PERO DENTRO DE ESTE...HAGO LA SIGUIENTE PRECISION
LEY DEL SERVICIO MILITAR
ARTICULO 5º.- El
servicio de las armas se prestará:
Por un año en el
Ejército ACTIVO, quienes tengan 18 años de edad.
.
EJERCITO ACTIVO............ENCUADRADOS, .......SIN SALIR...DURANTE UN AÑO...........QUIENES DECIDAN HACERLO ASI.......
SE REFIERE A ESOS......
NO A LOS QUE VAN CADA SABADO..........ESA ES LA EXCEPCION A LA REGLA, DON ALBERTO.......
A ESTOS, SE LES DEBE PAGAR SU SALARIO....NO DEBE EXISTIR DESCUENTO,....NO PAGO, .....DISMINUCION .....O COMO SE LE LLAME.....PARA EFECTOS PRACTICOS DE ENTENDER LO QUE NOS DIJO EL CREADOR DEL TOPICO.....HABLO DE DESCUENTOS
ESTOS ULTIMOS, ....NO ESTAN BAJO LA HIPOTESIS DE LOS FUNDAMENTOS QUE USTED SEÑALA.......
ARTICULO 14.- La Secretaría de la Defensa Nacional fijará, anualmente,
DE ACUERDO CON LAS POSIBILIDADES ECONOMICAS DEL ERARIO Y SEGUN LO EXIJAN LAS NECESIDADES NACIONALES, el contingente de individuos que debe incorporarse al activo, así como las unidades a que deben hacerlo. En principio, la incorporación de los contingentes debe hacerse a las unidades establecidas en las regiones de donde son residentes
ARTICULO 15.- Cuando el efectivo de la clase exceda del llamado al activo, el contingente se designará por sorteos;
los individuos a quienes no haya correspondido pasar al activo, quedarán sujetos a períodos de instrucción conforme a las disposiciones que dicte la Secretaría de la Defensa Nacional.
ARTICULO 16.- Los individuos de la primera y segunda reservas, concurrirán a los períodos de instrucción que en el
Reglamento de esta Ley se determinen.
REGLAMENTO LSM
ARTICULO 205.- Las Juntas Municipales de Reclutamiento
exigirán que todos los
mexicanos
que no vayan a prestar sus servicios en las Unidades del
activo cumplan con
las obligaciones que les marca la Ley del Servicio Militar y el presente Reglamento y
para el efecto, dispondrán de todos los elementos oficiales.
ARTICULO 15.-
La instrucción que conforme al artículo 15 de la Ley del Servicio
Militar debe impartirse a los jóvenes de la clase de cada año
no encuadrados en las
unidades,
será práctica y teórica. Para la primera deberán presentarse a los lugares que
previamente se fijen a las 7.30 horas de todos los domingos y días feriados del año. Para
la segunda y hasta donde sea posible, tendrán obligación de concurrir a dos sesiones
nocturna de cada semana en los lugares fijados de antemano y si por razones
geográficas ello no fuero posible, concurrirán al mismo número se sesiones semanarias
a la escuela del lugar de su residencia, en la que los maestros, con las funciones propias
de su misión y con las que les confiere la última parte del artículo 2° de la Ley del
Servicio Militar, luchar contra el analfabetismo, propugnando por los demás fines del
servicio militar con la ayuda de los de mayor cultura.
CONCLUYENDO........
LOS SERVICIOS EN ACTIVO PRESTADOS ENCUADRADOS .....DENTRO DEL EJERCITO......EFECTIVAMENTE CAERAN EN LA HIPOTESIS QUE USTED MENCIONA..........Y SE SUSPENDERAN LAS RELACIONES LABORALES...SIN RESPONSABILIDAD PARA LAS PARTES.......
LOS OTROS,.........LOS 'NORMALITOS' QUE VAN A HACER SU SERVICIO MILITAR CADA SABADO.......ESOS, SALEN DE LA REGLA...Y DEBERAN SER REMUNERADOS CON SU PAGO SALARIAL.......
Y NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA
SALUDOS
Editado: Marzo 10, 2011 10:04:44
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'