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Tópico: CONSEJOS IVA RESTAURANTE COMPRO TASA 0% Y VENDO 16%
legalgdl

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2019 15:11:17 Asunto: Re: CONSEJOS IVA RESTAURANTE COMPRO TASA 0% Y VENDO 16%
Buen día. No solo será problema el IVA, también el ISR. Cuando tengas que salir de RIF considera la opción de tributar como persona moral, que maneja una tasa menor de ISR (según los ingresos que comentas). Puedes registrar tu marca y patentar tus procesos como PF y arrendarlos a la moral, así como el mobiliario y el local, por solo citar un ejemplo general de como podrías irte previniendo para que no sea tan abrupto el aumento de carga fiscal. Tal vez para la fecha en que tengas que migrar de régimen, será razonable un ajuste en tus precios. Saludos.
Tópico: Contingencias de no llevar CUFIN y CUCA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2019 19:56:33 Asunto: Re: Contingencias de no llevar CUFIN y CUCA
Hola, tengo entendido que, si bien es cierto por el lado corporativo es requisito formal decretar dividendos para retirar utilidades de la sociedad, sin embargo la obligación de llevar dichas cuentas es independiente de que exista un decreto de dividendos. La contingencia importante se podría dar en caso de que se les distribuya utilidades a los socios y/o se les reembolse capital, sin llevar el control de esas cuentas. Puesto que, si la utilidades no proviene de la CUFIN, obviamente el impuesto a pagar será mayor. Si se les reembolsara capital, pero no se lleva un control de la CUCA, podría considerarse retiro de utilidades, y como tampoco hay CUFIN, pagaría un mayor impuesto . La CUFIN anterior a 2013 debe estar en cuenta separada, pues de lo contrario generarán el 10% de retención adicional al momento de un retiro de utilidades como los es con las de 2014 hacia adelante, aplicable a PF. Saludos!
Tópico: provisiones de ingresos; ¿son acumulables para pagos provisionales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2019 18:57:28 Asunto: Re: provisiones de ingresos; ¿son acumulables para pagos provisionales?
Qué tal, considero que dependería del título en el que estén tributando, recordando que 'empresa' puede ser persona física o moral, y que hay morales que acumulan al cobro como la S.C. por ejemplo. Suponiendo que fuera una S.A. normalita, coincido con lo que comenta CP_PACO. Saludos!
Tópico: Sociedad Civil ¿satanizada?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2019 10:25:06 Asunto: Re: Sociedad Civil ¿satanizada?
Buen día, he escuchado comentarios que esto se origina por que la autoridad desconfía de las operaciones intangibles, o sea SERVICIOS, que es la actividad preponderante de las S.C., pues considera que puede haber simulación.
Tópico: ¿serviria un fideicomiso para este caso?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2019 22:39:13 Asunto: Re: ¿serviria un fideicomiso para este caso?
Qué tal, está algo complejo, a ver si mi comentario no es muy desatinado jeje, espero sirva por lo menos para generar más ideas, se me ocurren estas opciones: 1.- Que tal que 'A' abriera un establecimiento permanente en territorio nacional y de esa manera sale del supuesto que lo obliga a retener conforme al 1-A, III de LIVA. 2.- Solo a manera de diferir la retención, 'A' puede cederle la mercancía a 'C' para venta a consignación, y 'C' le paga una cierta cantidad 'A' por concepto de depósito en garantía, de esta manera al no haber pago, no hay obligación de retener, hasta que dicho depósito se tome a cuenta como pago. El pago se puede hacer directo a B cediendo la CC como en el la opción 3. 3.- Que tal que 'A' le paga a 'B' cediendo su cuenta por cobrar que tiene con 'C', de esta manera 'C' le paga a ' B' y como 'A' no cobró, y ya que para efectos de LIVA se entiende enajenado cuando se cobre la contraprestación, pues no hay enajenación para efectos de IVA según art. 11 LIVA y por tanto no hay obligación de retener. Esta opción aunque un tanto agresivo para la autoridad, no lo considero evasión, tal vez sí elusión pero esta última no es delito. Aun así merece estudiarse debidamente Saludos! [i]Editado: Febrero 17, 2019 22:42:17[/i] [i]Editado: Febrero 17, 2019 22:45:39[/i] [i]Editado: Febrero 17, 2019 23:32:41[/i]
Tópico: Tratamiento Contable y Fiscal del comodato
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2019 20:12:10 Asunto: Re: Tratamiento Contable y Fiscal del comodato
Buen día, en mi opinión la figura aplicable es la de 'INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS', de acuerdo con el Código Civil Federal y seguramente Código Civil de la entidad correspondiente. Siendo así, el pago que reciba A por este concepto no deberá considerarse ingreso acumulable, ya que se trata de una indemnización por daños, o sea, perdida o menoscabo sufrido en sus bienes, no hay modificación positiva en el haber patrimonial. Diferente a la indemnización por perjuicios que sí está grabada conforme al art 18, VII de LISR. En cuanto a B, considero que sí le es deducible la erogación de conformidad con el art. 28, VI de LISR ya que la indemnización corre a cargo del comodatario por ministerio de ley. Creo que la operación a demás debería estar soportada con un dictamen técnico con el que se acredite el daño del mueble. No estoy seguro de la obligación de emitir un CFDI pero sería lo mas conservador para que B pueda deducir. Cometas que es un activo que ha sido cedido en comodato a un tercero, lo ideal sería que el motivo de ese comodato, indirectamente tenga algún beneficio para las actividades de la empresa A, pues de no ser así, pudiera no ser considerado un activo fijo conforme al art. 32 de LISR. Suponiendo que sí, no esta por demás recordar que al haberse dañado el bien, pude deducirse el total de lo pendiente por deducir conforme al art. 37 de LISR. Saludos!
Tópico: Retiro aportaciones socios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 13, 2019 18:15:32 Asunto: Re: Retiro aportaciones socios
Buen día, sugiero también que solo reembolses el número de acciones necesarias de acuerdo al saldo que te queda en bancos, deberás calcular el valor de la CUCA por acción para saber cuantas acciones cancelar por el reembolso y respaldar la operación con la correspondiente acta de asamblea de socios en la que se acuerde dicho reembolso, de preferencia protocolizarla, aunque no en todos los casos es obligatorio. Saludos.
Tópico: Compensacion Universal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2019 18:58:04 Asunto: Re: Compensacion Universal
Desde un punto de vista menos conservador: 'Adeudo propio' Cuando haces la retención, no eres ahora el deudor de esa cantidad ante el SAT ?? Si hubiese querido excluir cantidades retenidas, lo podría haber manifestado así expresamente no? Saludos!
Tópico: ¿Es posible que de ISR cero en una enajenación?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 06, 2019 13:34:28 Asunto: Re: ¿Es posible que de ISR cero en una enajenación?
No re cuerdo muy bien pero creo que en ese entonces la moneda tenía tres ceros más que ahora, habrá que hacer ese ajuste para hacer el calculo correcto. No creo que no haya utilidad. Saludos!
Tópico: VENTA DE CASA HABITACION
legalgdl

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2019 14:48:01 Asunto: Re: VENTA DE CASA HABITACION
Buen día, de manera general las repercusiones podrían ser que, cuando el adquirente venda, le genere una mayor utilidad al tener un costo de adquisición bajo. Si el valor de operación es inferior al 10% del valor avalúo, le causará ingresos por adquisición al adquirente. Ahora, como lo han comentado, la enajenación podría realizarse por donación y aprovechar la exención de ISR por el parentesco, cuando el donatario venda en un futuro, el costo de adquisición será el ultimo por el que se haya pagado. Hay municipios que exentan del pago de transmisión patrimonial cuando es donación de casa habitación entre familiares, por lo que el costo de escrituración se reduce significativamente. Saludos!

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