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Tópico: integracion
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 21, 2023 19:08:52 Asunto: Re: integracion
Excelente Pepe, gracias por el ilustrativo ejemplo.
Tópico: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 21, 2023 19:07:38 Asunto: Re: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
En antaño los nuevos desarollos eran puestos a prueba compartiendo con los colegios para su validación, sin embargo eso dejo de suceder y las fallas se han incrementado.
Tópico: Ventas por extranjero vía Amazon a mexicanos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 23:38:27 Asunto: Re: Ventas por extranjero vía Amazon a mexicanos
Hola, no me queda claro el fundamento de retención del 20%, cual es? No sé si es correcta la afirmación de que se ve en la necesidad de inscribirse en el RFC, para ello tendrías que evaluar su carga fiscal vs el 20% y ver que es mas conveniente. Porque dices que no tiene EP?, cuando se dice lugar de negocios, en ninguna parte dice que ese lugar debe ser tuyo, tienes mercancias en México que al momento de hacer la venta de hacer una transmisión de propiedad en territorio nacional. Ya leíste los 2 artículos de EP de la LISR? No creo que no tengas obligaciones en México, a reserva de hacer un análisis a detalle, me inclino a pensar que las deberías tener. Porque no sujeto al IVA?, estas vendiendo bienes en México con entrega al país. Porque no le preguntas a Amazon el tratamiento que le dan ellos, los demás solo van a especular. Estas sujeto al ISR, en mi opinión si, no es un tema de fuente de riqueza, eso es título V, para mi estás en título II y no aplica ese concepto. Una pregunta, porque usas 3 signos de interrogación, uno no es suficiente?
Tópico: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 15:54:38 Asunto: Los procesos tecnológicos deben usarse para lograr un acercamiento con los contribuyentes.
Fiscal mayo 19, 2023 SAT: Imprescindible propiciar cercanía efectiva con el contribuyente Fiscalia - C.I.F. El Artículo 2 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece las cuatro responsabilidades de este órgano desconcentrado, las cuales consisten en: Aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público Fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras Facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de dichas disposiciones Generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria Destaca la responsabilidad número 3, la de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de las disposiciones tributarias y aduaneras. Una de las formas por excelencia para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales es la aplicación de la tecnología y la automatización de procesos. En este sentido es posible afirmar que el camino que ha seguido el SAT ha sido el correcto: El uso de las tecnologías de la información para generar datos y procesos que agilicen no sólo el cumplimiento fiscal por parte del contribuyente, sino su función esencial de gestión tributaria y su fiscalización; sin embargo, como ya se ha mencionado en otras publicaciones: (…) es el camino seguido en su implementación [de la digitalización de procesos] el que presenta graves deficiencias que están generando resultados contrarios a los deseados: La inoperancia de los sistemas, la rigidez que impide su uso correcto, los altos costos no sólo de incumplimiento, sino los de cumplimiento, que son aquellos incurridos para adoptar las nuevas versiones que se vuelven necesarias por la falta de una adecuada planeación inicial. [*] Es entendible que ante cualquier adaptación o implementación tecnológica se presenten fallas e ineficiencias, esto es parte natural de los procesos tecnológicos. Precisamente por ello es necesaria una apertura entre las partes a fin de solucionar los obstáculos que se enfrenten. Más aún cuando se trata de una relación jurídico-tributaria entre autoridad y contribuyentes, en donde incumplimientos y sanciones van de por medio. A lo largo de 2023 los contribuyentes en México han vivido varias implementaciones de tecnología para el cumplimiento de obligaciones, entre las que destacan: La obligatoriedad generalizada de la versión 4.0 de la factura electrónica Una nueva plataforma para la declaración anual de personas morales La presentación del dictamen fiscal con un plazo reducido en dos meses En todos estos procesos se han presentado fallas e ineficiencias de los sistemas de la autoridad, que han impedido que los contribuyentes cumplan de la manera “fácil” que indica la Ley del SAT, o bien, simplemente que cumplan a tiempo. En el caso de la declaración anual de personas morales y del dictamen fiscal, se presentaron fallas que fueron reportadas a la autoridad con anticipación. Algunas fueron atendidas, otras no; no obstante, ante la petición de evidentes e imperiosas prórrogas para el cumplimiento de estas obligaciones, la autoridad simplemente las negó. En este sentido, también se tiene que los canales de comunicación, al buscarse su automatización, se ha caído en una “despersonalización” de la atención, en la que prácticamente no es posible hablar con ningún funcionario, sino que todo se hace a través de los medios tecnológicos, lo que hace que se pierda el sentido humano que debe regir en toda sociedad y en toda relación gobierno-ciudadano. Existe un evidente alejamiento entre autoridad y contribuyentes, lo que provoca que las necesidades de los ciudadanos no sean escuchadas por la autoridad, afectando así el cumplimiento de las obligaciones, en un entorno de inseguridad jurídica al ser desconocido para el ciudadano la manera de cumplir con una obligación tan relevante como es el pago de los impuestos, pero a la que se ve imposibilitado por la frecuente inoperancia de los medios tecnológicos para hacerlo, y sin la posibilidad de recibir una solución rápida y eficaz por parte de las autoridades. El caso más reciente, el del dictamen fiscal, presenta un importante escenario en el que existe una imposibilidad práctica de cumplimiento en tiempo por causa ajena al contribuyente (una falla en el sistema de la autoridad); sin embargo, sin importar que existe una evidente justificación para una prórroga, esta no sólo es negada, sino que no existe un pronunciamiento oficial de qué sucederá con aquellos dictámenes que no se presentaron a tiempo, cuáles serán las consecuencias para los contribuyentes dictaminados, así como para los dictaminadores. Sería de gran ayuda que la autoridad se pronunciara de una forma clara y, sobre todo, razonable, sobre los efectos de esta falla del sistema, cuestión ajena al contribuyente, pero esto no ha sucedido. Sin duda la automatización de los procesos es el camino a seguir en la ruta de la eficiencia en la administración tributaria, pero esta no debe estar peleada con el acercamiento a los ciudadanos, al contrario, el objetivo de agilizar los procedimientos y trámites debería ser el lograr un acercamiento y un trato más personal, de manera que se cumpla el mandato de Ley, que es facilitar el cumplimiento de las obligaciones. La relación tributaria (recaudador-contribuyente) es compleja por su naturaleza, y un alejamiento entre las partes genera mayor complejidad. Atender las necesidades reales y evidentes de los contribuyentes, sin comprometer las necesidades de las autoridades para la gestión recaudatoria, siempre ayudará a obtener mejores resultados. __________ Nota al pie [*] Leal Cueva, Gustavo. Caos con las aplicaciones del SAT. Fiscalia. Febrero 13, 2023. https://www.fiscalia.com/publicaciones/18972. Última visita: Mayo 19 2023.
Tópico: UN FACTURA SE PUEDE CANCELAR CON NOTA DE CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 15:53:15 Asunto: Re: UN FACTURA SE PUEDE CANCELAR CON NOTA DE CREDITO
No, les paso de noche tremenda reforma en la materia.
Tópico: FACTURACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 15:52:39 Asunto: Re: FACTURACION
Pues hazle el cambio, cual es el issue?
Tópico: Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas”
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 12:00:25 Asunto: Re: Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas”
Buzos.
Tópico: Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas”
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2023 12:00:01 Asunto: Nuevo problema en CFDI 4.0: Nombres con “comillas”
Fiscal mayo 19, 2023 Nombres registrados en el RFC con comillas no pueden ser utilizados en un XML. Fiscalia - C.I.F. Uno de los temas abordados múltiples ocasiones por Fiscalia ha sido el de los diversos problemas que se presentan en la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) al tener como uno de sus requisitos principales contener el nombre del receptor de manera que coincida plenamente con aquel registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC): Nombre sin “régimen societario” en CFDI 4.0: Implicaciones legales y en sistemas Cambio de nombre o razón social, ¿cuál es el efecto en CFDI 4.0? Pide AMLO reconsiderar requisitos de nombre, CP y régimen fiscal del CFDI 4.0 CFDI 4.0 ¿Deben los nombres llevar acentos o caracteres especiales? Nombres y apellidos en CFDI 4.0: El orden de los factores sí altera el producto El costo de expedir CFDI con “nombre” y “domicilio” en los términos del SAT Este nuevo requisito ha sido un factor en el incremento de la complejidad y burocracia a la hora de emitir una factura, pues, con la finalidad de evitar errores en el timbrado, los emisores deben asegurarse de que el nombre proporcionado coincide “al punto y coma” con el nombre registrado en el RFC. Los nombres deben escribirse en mayúsculas, sin acentos, sin caracteres especiales y omitiendo el régimen societario (SA, SA de CV, SC, S de RL, etc.). Problema Existen contribuyentes cuyos nombres están registrados en el RFC con caracteres especiales o puntuaciones que, en términos generales, no deberían tener, pero que, puesto que así están registrados en el RFC, es así, tal cual, como deben ser expedidas las facturas. Un problema que se está presentando es con contribuyentes que tienen sus nombres registrados con comillas, por ejemplo: Nombre de la empresa EMPRESA DE PRODUCCIÓN Nombre registrado en el RFC “EMPRESA DE PRODUCCIÓN” Como puede apreciarse, el nombre de la empresa está registrado entre comillas, y sólo introduciéndolo así es como sería validado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para efectos del timbrado. Si el nombre se registra sin comillas, se rechaza el timbrado indicando que el nombre no corresponde a aquél asociado al RFC. ¿Solución? Podría pensarse que la solución es simplemente registrar el nombre de la empresa incluyendo las comillas; sin embargo, esto no funcionará porque, dentro del archivo XML, el nombre debe ir entre comillas, y el lenguaje XML no acepta las “dobles comillas”; es decir, para incluir el nombre con las comillas, en el XML quedaría de la siguiente manera: ““EMPRESA DE PRODUCCIÓN”” Como puede apreciarse, van dos comillas al inicio y dos al final. Esto, para el lenguaje XML simplemente no es permitido y el XML no tendrá una estructura válida. Cambio de nombre En este caso, lo que procede es que el contribuyente tramite un aviso al RFC para modificar su nombre, o bien solicitar al SAT la corrección de datos mediante un caso de aclaración.
Tópico: maquiladoras estarán exentas de CETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2023 23:21:17 Asunto: Re: maquiladoras estarán exentas de CETU
Finalmente, tuvieron su crédito.
Tópico: Formalidades de Comercio Exterior
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Mayo 18, 2023 23:15:31 Asunto: Re: Formalidades de Comercio Exterior
Necesitas buscar la asesoría de un experto en comercio exterior ya que hay muchos temas sanitarios, permisos, etc, no vas a encontrar esa información en este foro, me parece que tu cliente es quien debe hacer esa investigación. Si entregas en USA, haces negocios allá y estarás sujeto a obligaciones fiscales allá, no te lo recomiendo.

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