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Tópico: Perdidas Fiscales Subsidiaria
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2023 09:23:50 Asunto: Re: Perdidas Fiscales Subsidiaria
Hola, el fundamento que mencionas es el incorrecto, necesitas asesorarte con especialistas en consolidación fiscal, más si como señalas, en juego hay partidas muy grandes, no te esperances a un foro para un tema de esa relevancia, un chat sirve para temas simples o una segunda opinión, no para tomar una postura. En efecto, hay lineamientos que permiten subir a la consolidación la perdida fiscal de una de las controladas, luego tienes que mantener el registro especial de esa partida, en caso que a nivel individual no logres generar utilidades, entonces deberás resarcir el efecto en el consolidado, sumando la partida.
Tópico: Prima Vacacional
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2023 09:19:05 Asunto: Re: Prima Vacacional
Con el salario nuevo, lo mismo para el aguinaldo y cualquier otra prestación donde el salario sea base.
Tópico: DECLARACION DE TERCEROS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2023 00:15:37 Asunto: Re: DECLARACION DE TERCEROS
Correcto.
Tópico: Venta de auto de Resico
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2023 23:20:10 Asunto: Re: Venta de auto de Resico
La retendrán, acumulará el precio de venta menos el costo fiscal.
Tópico: Efecto para fiscalistas por tasas elevadas. de imptos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2023 19:24:19 Asunto: Re: Efecto para fiscalistas por tasas elevadas. de imptos.
El otro lado de la moneda, es que las tasas bajas son más atractivas para cubrir y hacen menos atractivo el buscar eludirlas.
Tópico: PTU no cobrada ¿Expido CFDI?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2023 11:35:00 Asunto: Re: PTU no cobrada ¿Expido CFDI?
La moraleja es timbrar al pago.
Tópico: PTU no cobrada ¿Expido CFDI?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2023 11:34:05 Asunto: PTU no cobrada ¿Expido CFDI?
Fiscal junio 09, 2023 Cómo debe tratarse la comprobación de una percepción no cobrada. Fiscalia - C.I.F. Los trabajadores tienen derecho a cobrar sus utilidades en un plazo de un año contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, así lo prevé el Artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo. Para el caso de los trabajadores que no han cobrado su Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) y aún se encuentran laborando para la empresa, el plazo de prescripción de un año comienza a contar a partir del día siguiente a aquel en que se pagaron las utilidades a los trabajadores. Para los trabajadores que ya no se encuentran laborando para dicho patrón, pero que tienen derecho a participar de las utilidades de éste, el plazo de un año comienza a computarse a partir del día siguiente a aquél en que la empresa les informe que su pago está disponible. No obstante lo anterior, existen casos en que el trabajador, por diversas razones, no cobra su PTU. Es en estos casos en que surge la duda de cómo debe tratarse la comprobación de esa percepción en lo que se refiere específicamente a la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina por este pago. Se debe tener presente que la regulación fiscal (Regla Miscelánea 2.7.5.1.) señala dos posibles momentos para la expedición de un CFDI por remuneraciones a los trabajadores: Antes de la realización de los pagos. Dentro de un plazo que va de 3 días hábiles a 11 días hábiles posteriores al pago, según el número de trabajadores con que cuente el patrón. Hasta aquí se tiene que el patrón puede expedir el CFDI de nómina antes del pago, o posteriormente de acuerdo con el número de días que le aplique según la regla. Los patrones pueden esperarse a que la PTU sea cobrada por cada trabajador para ir así emitiendo los recibos correspondientes a cada trabajador, pero esto depende de las capacidades del sistema de nómina y del trabajo administrativo que esto implique. En este caso, por aquella PTU que no haya sido cobrada, simplemente no habrá un CFDI que la ampare, y el patrón no tendrá que hacer nada más, y simplemente seguir las reglas laborales para considerar esa PTU no cobrada en la PTU del ejercicio siguiente. Por otra parte, existen sistemas de nómina que emiten todos los recibos de la PTU en un mismo proceso, antes de ser pagada esta percepción, y quedan a expensas de que esta sea cobrada. En estos casos, aquella PTU que no hubiera sido cobrada, pero por la cual sí se expidió un CFDI, el patrón deberá cancelar esos recibos de nómina, pues podrán afectar al receptor de ese recibo de nómina al momento de que él realice su declaración anual, pues tendrá un CFDI de nómina por un ingreso que no cobró. En este sentido, también será importante revisar los controles internos para dar los efectos contables adecuados a esa PTU no cobrada, de forma que se cumpla con las leyes laborales en el sentido de que sea integrable a la PTU que se generará en el ejercicio siguiente. En cualquier caso, es importante que los patrones revisen sus procesos de emisión de CFDI de nómina por concepto de PTU, para que este tipo de situaciones estén controladas y las cifras que se manejen sean precisas. A partir de que las declaraciones de impuesto son prellenadas con datos inclusive del CFDI de nómina, es particularmente importante revisar cómo es que impacta tanto en pagos provisionales como en la declaración anual la emisión de CFDI en mayo o en meses posteriores, o bien, la emisión de mayo que ampara PTU que finalmente no se cobra por los trabajadores. Se debe tener presente que todo esto puede llegar a generar diferencias en los datos que la autoridad considera para la determinación de impuestos. Adicional a los puntos tocados en este estudio, es importante conocer el efecto que la PTU no cobrada tiene en la disminución de este concepto de los pagos provisionales del ejercicio. Sobre este tema se explora en el artículo 'PTU que no se cobre en mayo ¿Cómo impacta en pagos provisionales?'.
Tópico: Parte donacion y parte enajenacion por cuestion civil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2023 11:33:05 Asunto: Re: Parte donacion y parte enajenacion por cuestion civil
Coincido, concubinato solo da derechos en materia de IMSS, pero no en ISR.
Tópico: Es oficial la NOM-037-STPS-2022: Teletrabajo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2023 22:30:13 Asunto: Re: Es oficial la NOM-037-STPS-2022: Teletrabajo
Ojo con los cambios.
Tópico: Es oficial la NOM-037-STPS-2022: Teletrabajo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2023 22:29:19 Asunto: Es oficial la NOM-037-STPS-2022: Teletrabajo
Laboral junio 09, 2023 Lineamientos para la modalidad del trabajo a distancia. Fiscalia - C.I.F. Con fecha 8 de junio de 2023 se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. En 2022 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en ejercicio de sus atribuciones de normalización, elaboró el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, por medio del cual se establecen las medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los lugares de trabajo, en donde las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo (personas teletrabajadoras) lleven a cabo sus actividades. Dicho proyecto fue publicado en el DOF el 15 de julio de 2022 y se solicitaron comentarios de la sociedad. Posteriormente, el 15 de mayo de 2023 se publican en el DOF las respuestas a los comentarios recibidos en el periodo de consulta pública del Proyecto, de 74 personas que enviaron comentarios, mismos que fueron atendidos y respondidos por la autoridad respectiva. Cambios Considerando estos comentarios y habiendo hecho los cambios respectivos, es que se publica de manera oficial la NOM, la cual conserva la esencia del proyecto original, con los cambios que a continuación se comentan. Accidente de trabajo Se adiciona al concepto “Accidente de Trabajo” la desaparición derivada de un acto delincuencial. Acontecimiento traumático severo Se agrega el concepto “Acontecimiento traumático severo”, definido como aquel experimentado durante o con motivo del trabajo que se caracteriza por la ocurrencia de la muerte o que representa un peligro real para la integridad física de una o varias personas y que puede generar trastorno de estrés postraumático para quien lo sufre o lo presencia. Algunos ejemplos son: explosiones, derrumbes, incendios de gran magnitud; accidentes graves o mortales, asaltos con violencia, secuestros y homicidios, entre otros. Desconexión Se modifica la definición de “desconexión”, definido como el derecho de un trabajador a apartarse del trabajo, incluida la desconexión de las tecnologías de información computacional (TIC) de manera digital, y abstenerse de participar en cualquier tipo de comunicación con el centro de trabajo al término de la jornada laboral, en los horarios no laborables, vacaciones, permisos y licencias. En horarios flexibles, la desconexión aplica también durante las pausas convenidas entre la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo con el patrón y asentadas, según aplique, en el contrato colectivo de trabajo o reglamento interior. Listado de teletrabajadores Se modifica la obligación para el patrón de contar con un listado de teletrabajadores, de manera que lo datos a integrar son los siguientes: Nombre de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo Género Estado civil Actividades a desarrollar Nombre y perfil de puesto Tiempo (en porcentaje) de la relación laboral que usa para realizar Teletrabajo Número telefónico de contacto Domicilio de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo Lugares de trabajo propuestos por las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo y convenidos con el patrón Razón social y domicilio del centro de trabajo Listado del equipo de cómputo y ergonómico otorgado a la persona trabajadora Se precisa que la confidencialidad de los datos contenidos en el listado estará bajo la responsabilidad del patrón. Política Se indica que la política de trabajo debe facilitar los mecanismos de comunicación y difusión a distancia con los que cuente el centro de trabajo, incluyendo el correo electrónico y otros, para que las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo tengan conocimiento, entre otros, de los procedimientos de libertad sindical y negociación colectiva. En esta política también debe preverse un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil. La política también debe determinar el horario dentro de la jornada laboral en el que, durante un máximo de seis meses, las madres trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo en periodo de lactancia contarán con tiempo para alimentar a sus hijos e hijas, pudiendo elegir entre tomar dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien reducir una hora su jornada laboral, en los términos establecidos por el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo. Condiciones de seguridad y salud Se prevé que, para corroborar la información de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, la Comisión de seguridad e higiene podrá solicitar al trabajador aspirante, o a la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo, según corresponda, una comprobación a distancia del sitio de trabajo, apoyándose con las TIC, o evidencias fotográficas o de video del lugar de trabajo. Se india que, en caso de que el lugar de trabajo propuesto por el trabajador que aspira a figurar como persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo no contara con las condiciones propias de seguridad y salud en el Trabajo, no se podrá realizar Teletrabajo. Cambio del lugar de teletrabajo Se agrega que, en caso de que el lugar de trabajo acordado bajo la modalidad de Teletrabajo sea un lugar distinto a un domicilio particular, ésta deberá contar con condiciones de seguridad e higiene, además de lo requerido en los numerales 7.1, 7.2 y 7.3, inciso a), de la presente Norma. Exámenes médicos Se obliga al patrón a practicar los exámenes médicos que corresponda a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo de conformidad con lo previsto por la NOM-030-STPS-2009. Participación en comisiones Se obliga al patrón a brindar el apoyo y las facilidades necesarias para que, en su caso, las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo participen en la Comisión de Seguridad e Higiene o en la Comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad. Informe de evento traumático o riesgo Se obliga al trabajador a informar al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene, como parte de las alteraciones de seguridad y salud, aquellos acontecimientos traumáticos severos que hubiere presenciado o sufrido, con motivo o en ejercicio de su trabajo, así como también cualquier riesgo de trabajo. El escrito deberá contener al menos: Fecha de elaboración Nombre de la persona trabajadora en la modalidad de Teletrabajo que elabora el escrito Fecha de ocurrencia Descripción de las alteraciones o acontecimientos Pausas y descanso Para evitar riesgos de trabajo por factores de riesgo psicosocial, será necesario que el teletrabajador cuente con cuente con pausas y tiempos de descanso adecuados. Criterios de aceptación En este sentido, se modifican los criterios de aceptación de cada obligación o responsabilidad, acorde a los cambios señalados. Anexos Se adiciona un Anexo con un ejemplo de redacción de la política de teletrabajo. Se adiciona un Anexo con un modelo propuesto de selección de candidatos para el teletrabajo Se amplían las recomendaciones de actividades previas a teletrabajar. Vigencia Esta norma entra en vigor es el 5 de diciembre de 2023. Texto El texto completo de esta NOM puede descargarse directamente del DOF, en el siguiente enlace: https://dof.gob.mx/nota_to_doc.php?codnota=5691670

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